PULSO SINDICAL Nº 205 DEL 21 AL 27 DE AGOSTO
DE 2013
En los últimos días, invariablemente los medios de
comunicación ha fijado la atención en las manifestaciones y los hechos
producidos al termino de las mismas, en relación con el recordatorio del segundo
año desde que se produjera el asesinato del joven poblador de Peñalolen, Manuel
Gutiérrez, el 25 de Agosto del 2011, debido a impactos de balas disparadas por
carabineros.
Ni una sola línea escrita respecto de los responsables del
asesinato, nada que indique si hay sanciones y cuales fueron estas, para esos
policías que dispararon y los oficiales que mintieron al decir que no había
uniformados involucrados en este crimen.
Lo mismo sucede cada vez que hay manifestaciones populares.
Sean los estudiantes, pobladores o trabajadores quienes convocan, el centro de
los medios está en hartarnos de imágenes con barricadas y algunas decenas de
enmascarados actuando a vista y paciencia de la policía, ignorando o
desvirtuando las demandas de los miles y miles que marchan y se manifiestan.
Varios meses han transcurrido desde la muerte del dirigente
sindical Juan Pablo Jiménez, quien recibiera un balazo en la cabeza mientras se
encontraba en su lugar de trabajo. Luego de que se informara de la detención
del supuesto autor del disparo, ni una sola noticia o nuevo antecedente ha vuelto
a ser entregado.
No podemos dejar de mencionar las condenas a aquellos que
borrachos han conducido sus vehículos y matado personas, las sanciones a
pedófilos y abusadores eclesiásticos, e incluso a las autoridades políticas que
han defraudado al Estado. Y ni hablar de las “sanciones” a los encontrados
culpables de asesinatos y violaciones a los derechos humanos
Y por que hablamos de injusticia?. Lean y juzguen.
1.- La Corte Suprema chilena. anuló la
sentencia de la Corte Marcial que absolvió al cabo Miguel
Patricio Jara Muñoz, por el asesinato del weichafe Jaime
Mendoza Collío y lo condenó a 3 años de presidio menor en su grado medio, con la
remisión condicional de la pena,
lo que en la practica significa el cumplimiento de esta pena en plena
y total libertad. (Avkin Pivke
Mapu.com.ar)
2.- La Corte Suprema rebajó la sentencia en contra del brigadier de Ejército (R) Víctor
Pinto Pérez, quien estaba condenado a más de 20
años de cárcel por 13 homicidios cometidos en el Regimiento de Infantería de San Bernardo (cerro
Chena). El máximo tribunal redujo la pena
a 5 años de cárcel remitidos, es decir, los
cumplirá en libertad.
(La Nación.cl , 26-10-2011)
No solo se trata de sanciones absurdas, considerando el
enorme daño causado, sino que queda en claro que el castigo depende de quien
sea el acusado y los contactos y apoyos que tenga y de las que poco o nada se
informó.
Si no le parece suficientemente injusto, lea bien lo
siguiente:
En fallo unánime, el Tribunal Oral Penal de Cañete condenó
a 10 años y 1 día de cárcel a Nicolás Antonio Ñeguey Carrillo como autor del
delito consumado de robo con intimidación de tres botellas de cerveza. (31 de Julio 1013 El Periodico .cl)
Hace 40 años, un 23 de Agosto de
1973, el presidente Salvador Allende designó en el cargo de comandante el jefe
del Ejercito a A. Pinochet U., quien solo 3 semanas después encabezaría el
golpe de estado con que fue depuesto el gobierno encabezado por Allende.
Por esta razón son muchos los que
continúan demandando por cerrar definitivamente esta pagina de la historia y
avanzar hacía un futuro prospero y seguro.
Los mismos gestores del golpe, que
le hicieron asco por años a la palabrita, hoy llaman sin ambigüedad ninguna
dictadura a la dictadura, lamentan los “excesos” producidos y hacen gárgaras
con la palabrita perdón.
Algunos parecen creer que es
suficiente con algunos actos simbólicos, como cambiar el nombre de algunas
calles o inaugurar parques, muestras fotográficas y otras cositas similares.
Por que no reconocen de una buena
vez que le dieron luz verde al golpe cuando la UP sacó casi el 45% de los votos en las
parlamentarias de marzo de 1973?. Ellos querían destituir a Allende en el
Congreso y no pudieron, por eso partieron a golpear las puertas de los
cuarteles.
Todavía hablan del
desabastecimiento y de las carencias de ese tiempo, pero ninguno parece
recordar que los productos de consumo diario que escaseaban, llenaban las
estanterías de los almacenes al día siguiente del golpe.
CINICOS DE MIERDA. ¿HASTA CUANDO
LE MIENTEN A NUESTRO PUEBLO?
El golpe contó con el aval de la
patronal, porque había que destruir un Código del Trabajo que era ejemplo en
America Latina.
Por que era necesario destruir una
poderosa organización sindical, que aunque había caído en el jueguito de la
sobre politización, representaba a mas del 30% del total de los trabajadores
chilenos, la mayoría agrupados en una sola y gran organización por rama.
Sepan los trabajadores que hasta
el 11 de septiembre de 1973 contaban, entre otros, con beneficios como estos:
* Los empleadores debían entregar copias de los pagos de
remuneraciones y el otorgamiento de los beneficios establecidos en la
legislación (sueldos, feriados gratificación), a la Inspección del Trabajo.
* Descanso en domingo y feriados legales (Art.322 C. del T.
antiguo) y las 44 horas semanales, para los empleados del comercio (Art. 32 de
la ley 17.365)
* En caso de despido injustificado y de negativa patronal
de reincorporación, se obligaba al pago mínimo de un mes por año sin tope ni
limitación alguna, en cuanto a su monto superior (Art. 8° de la ley 16.455)
* No se autorizaba el fraccionamiento del feriado y los
trabajadores de regiones extremas y otros como los mineros, tenían feriados de 25 días
hábiles.
* Una ley establecía un impuesto habitacional de 5% sobre
las utilidades. Los empleadores que construían viviendas para sus trabajadores
con sus fondos, podrían imputar las sumas invertidas al referido impuesto.
Por eso, junto con recordar, hay que comprometerse a seguir
luchando. Ni perdón ni olvido. Justicia y castigo. Nada más, pero nada menos.
MANUEL AHUMADA LILLO
Presidente C.G.T. CHILE