PULSO SINDICAL Nº 208 DEL 11 AL 18 DE SEPTIEMBRE DE
2013
40 años del golpe.
40 años en los cuales el dolor ni siquiera se ha atenuado
para los familiares de los cientos, las miles de victimas del ajusticiamiento y
la prisión forzosa,
40 años en que algunos se han empecinado en reiterar el
viejo cuento del Plan Z. único elemento a estas alturas, que les permite
justificar la barbarie.
40 años y aún no han dado testimonio cierto y total los
gestores intelectuales del golpe.
Increíblemente, parte importante de los mas afectados, hoy hacen
causa común, con quienes por acción u omisión invitaron a los milicos a violar la Constitución.
En la serie de actos conmemorativos también se vivió lo de
siempre, con algunos cambios obligados por la contingencia.
Los adictos al gobierno intentando mostrar una imagen de
reconciliación, cariacontecidos, lamentando lo sucedido pero justificándolo
porque era eso o el caos. Uno que otro (con algo mas de decoro) ,siguiendo el
ejemplo del que pidió perdón, se adhieren al dolor de los familiares, pero
ponen énfasis en que hubo caídos en ambos bandos y todos los familiares han
sufrido.
Los mas fachos ( bueno casi todos, con la diferencia que
los candidatos no pueden verse joviales por un simple calculo electoral)
celebran instalando banderas y rindiendo honores al mas traidor de todos los
traidores.
Como cada año, durante los 40 transcurridos, beben
champagne y se abrazan alborozados.
Hasta en sus cárceles especiales, los criminales han
celebrado con sus compañeros de armas.
En la vereda de los que han luchado toda la vida por la
defensa de los derechos humanos, y la exigencia de verdad y justicia, los
cientos de actos recordatorios nuevamente fueron opacados injustamente por el
acto central,
En primera línea en esta ocasión los candidatos, algunas
entrevistas en la que se reiteran los conceptos y las consignas, pero a decir
verdad nada nuevo.
Los medios de comunicación, centraron otra vez sus coberturas en las manifestaciones de algunos
grupos menores, que aún no entienden que con su actuar solo dan alimento a los
enemigos del pueblo para justificar su accionar.
Como no queremos remitirnos solo a los actos realizados, de
los que se ha hablado y se continuará haciéndolo por algunos días, entregamos a
los lectores de nuestro Pulso una serie de leyes que rigieron hasta 1973 y que
están injustamente olvidadas por quienes debieran ser sus principales
promotores.
El movimiento sindical organizado, que debiera estar
luchando por su restitución inmediata.
Es por esto que se persiguió y asesinó a dirigentes y
dirigentas sindicales.
Es esto lo que debemos demandar, nos debe ser restituido,
es el mejor homenaje que podemos rendir a quienes dieron todo de si por la
causa del pueblo, de los trabajadores.
* Los despidos que afectaban a más de 10 trabajadores solo procedían
previa autorización conjunta de los Ministerios del Trabajo y de Economía
(art.86 inciso 3° C. del T. antiguo)
* Los trabajadores aprendices podían ser parte de la
negociación colectiva.
* Los trabajadores de bombas de bencina tenían una indemnización
especial por el trabajo que desempeñaban.
* Los empleadores debían
entregar copias de los pagos de remuneraciones y el otorgamiento de los
beneficios establecidos en la legislación (sueldos, feriados gratificación), a la Inspección del Trabajo.
* Descanso en domingo y feriados legales (Art.322 C. del T. antiguo) y
las 44 horas semanales, para los empleados del comercio (Art. 32 de la ley
17.365)
* La facultad a las federaciones y confederaciones
para celebrar contratos colectivos de trabajo y representar a sus miembros en
las instancias de conciliación y arbitraje (art.412 del C. del T.)
* En caso de despido injustificado y de negativa patronal de
reincorporación, se obligaba al pago mínimo de un mes por año sin tope ni
limitación alguna, en cuanto a su monto superior (Art. 8° de la ley 16.455)
* Los profesores de colegios particulares pagados,
tenían derecho a un reajuste anual de sueldo, y un 12% de aumento cada vez que
cumplieran tres años de servicios consecutivos a un mismo empleador (artículos
5° y 6° de la ley 10518)
* El artículo 20 de la ley 17.416 prohibía pagar
menos del sueldo o salario mínimo a cualquier trabajador, más allá de la
jornada de trabajo mensual que cumpliera.
* No se autorizaba el fraccionamiento del feriado.
* El feriado progresivo no era negociable por las
partes.
* Los trabajadores de regiones extremas y otros como los mineros, tenían
feriados de 25 días hábiles.
* A los trabajadores a domicilio, personas que
realizan trabajos por encargo en sus hogares, el antiguo Código los consideraba
regidos por la legislación laboral y gozaban de beneficios de la ley como son
el contrato, previsión, salarios mínimos, etc.
* En las panaderías no se podía trabajar entre las 22 y las 05 horas.
* El contrato colectivo se aplicaba a todos los
socios del Sindicato, incluidos los que ingresaban después de la negociación.
* En la negociación colectiva no había exclusiones ni se prohibía
negociar colectivamente, sea cual fuere el cargo que el trabajador ocupaba.
* Se establecía como causal de terminación del
contrato de trabajo la expiración del plazo fijado para su duración, plazo que
no podrá ser superior a 6 meses.
* La Dirección
del Trabajo podía ordenar la instalación de salas cunas, en aquellos
establecimientos que ocuparan menos de 20 trabajadoras.
* Una ley establecía un impuesto habitacional de 5%
sobre las utilidades. Los empleadores que construían viviendas para sus
trabajadores con sus fondos, podrían imputar las sumas invertidas al referido
impuesto.
* Prácticamente no hay sector laboral en Chile que no haya visto
eliminadas o seriamente afectadas sus conquistas.
* Uno de los mayores golpes lo reciben los
trabajadores en la previsión social. No sólo dejan de hacer aporte los
empresarios, sino que el sistema pasa a ser de acumulación individual y
administrado por privados. Se termina con la mayoría de las cajas de previsión
y los beneficios que estas entregaban a sus afiliados.
Solo se liberan de esta razzia privatizadora los miembros de las fuerzas
armadas.
* En el caso de la negociación colectiva se estableció que las
empresas negociarían de acuerdo a la inicial de su nombre de fantasía.
A titulo de ejemplo tomemos el caso de los hoteles.
No podían presentarse todos los proyectos de
negociación colectiva en la misma fecha, sino que debían hacerlo cuando
correspondiera según la inicial del nombre de fantasía del establecimiento.
Estas son solo algunas de las mas de 180 leyes que nos
fueran arrebatadas, solo algunas de ellas han sido restituidas en una mínima
proporción a lo que fueron.
A 40 años del golpe seguimos demandando lo que es nuestro y
no descansaremos hasta que nos sea restituido.
MANUEL AHUMADA LILLO
Presidente C.G.T. CHILE
No hay comentarios:
Publicar un comentario